Calculadora de aguinaldo en El Salvador
Según el Art. 198 del Código de Trabajo: escribe tu salario y tu antigüedad para saber cuántos días te tocan y cuánto suman en dólares.
Ejemplo con $365 y 1 año de servicio. Escribe encima tus datos. Con menos de un año se paga la parte proporcional, y el conteo se cierra el 20 de octubre.
Escribe tu salario mensual para ver tu aguinaldo.
Escribe una cantidad válida mayor que cero.
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- Tu aguinaldo (0 % de un mes)
- Resto del mes de salario
| Salario diario salario mensual ÷ 30 | $0.00 |
|---|---|
| Días que te corresponden Art. 198 del Código de Trabajo | 0 |
| Total a recibir antes de cualquier retención | $0.00 |
El aguinaldo no cotiza ISSS ni AFP. Además, los aguinaldos de hasta $1,500 pueden estar exentos de renta — conviene confirmar la vigencia de la exención cada año.
Cálculo aproximado, no es asesoría legal ni fiscal. Tu empresa puede pagar más de lo que manda la ley, y los convenios colectivos pueden mejorar estos mínimos.
🔒 100 % privado: el cálculo ocurre en tu dispositivo y tus datos no se envían a ningún servidor.
Cómo se calcula el aguinaldo
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1
Saca tu salario diario
Se divide el salario mensual entre 30, sin importar cuántos días tenga el mes.
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2
Mira cuántos días te tocan
15, 19 o 21 días según tu antigüedad. Con menos de un año, la parte proporcional.
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3
Multiplica
Salario diario por días de aguinaldo. Ese es el mínimo que la ley obliga a pagarte.
El aguinaldo en El Salvador, explicado
El aguinaldo es una prima obligatoria que todo patrono debe pagar a sus trabajadores por cada año de trabajo. No es un regalo ni un bono discrecional: está en el Código de Trabajo y tiene mínimos que no se pueden bajar.
Cuántos días te corresponden (Art. 198)
El artículo 198 fija tres escalones según el tiempo de servicio con el mismo patrono, más el caso de quien todavía no cumple el año:
| Tiempo de servicio | Días de salario |
|---|---|
| Menos de 1 año | Proporcional sobre la base de 15 días |
| De 1 año a menos de 3 | 15 días |
| De 3 años o más y menos de 10 | 19 días |
| De 10 años o más | 21 días |
Ojo con los aniversarios exactos: al cumplir 3 años ya te corresponden 19 días, y al cumplir 10 años ya son 21. El texto oficial dice «tres años o más» y «diez o más años», así que el día del aniversario cuenta a tu favor.
El cálculo proporcional si llevas menos de un año
Quien no ha cumplido el año también cobra aguinaldo, pero en proporción al tiempo trabajado. Se toma la base de 15 días, se ajusta por los días efectivamente laborados y se multiplica por el salario diario. La fecha de corte del conteo es el 20 de octubre.
Ejemplo: con un salario de $365 y 255 días trabajados, el salario diario es $12.17 y los días proporcionales son 10.48 — el aguinaldo queda en $127.50. Si esa misma persona ya llevara un año completo, le tocarían los 15 días enteros: $182.50.
Cuándo te lo tienen que pagar (Art. 200 reformado)
Aquí está el cambio más reciente y el que más confusión ha generado. Hasta 2024, el aguinaldo se pagaba entre el 12 y el 20 de diciembre. La reforma al artículo 200, publicada el 15 de octubre de 2025 y vigente desde el 23 de ese mes, amplió el plazo: ahora el pago va del 20 de octubre al 20 de diciembre de cada año.
Importante: el patrono elige la fecha exacta dentro de ese rango. Que la ley permita pagarlo desde octubre no significa que el trabajador pueda exigirlo antes de tiempo; lo que sí es obligatorio es que no pase del 20 de diciembre.
Descuentos: qué se le quita y qué no
Al aguinaldo no se le descuenta ISSS ni AFP. Sobre la renta, los aguinaldos de hasta $1,500 pueden estar exentos de retención, lo que en la práctica deja el monto íntegro en manos de la mayoría de trabajadores. Como la exención depende de la normativa vigente, vale la pena confirmarla cada año antes de dar por seguro el monto final.
Qué pasa si te despiden o renuncias antes
Quien deja el trabajo antes de la fecha de pago normalmente tiene derecho a la parte proporcional del aguinaldo dentro de su liquidación. Si tienes dudas sobre un caso concreto, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social atiende consultas gratuitas.
¿Quieres ver también cuánto te queda limpio de tu sueldo mes a mes? Usa la calculadora de salario neto.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de aguinaldo me tocan?
Según el Art. 198 del Código de Trabajo: 15 días de salario de 1 a menos de 3 años de servicio, 19 días de 3 años o más y menos de 10, y 21 días de 10 años o más. Con menos de un año se paga la parte proporcional sobre la base de 15 días.
¿Cómo se calcula el aguinaldo proporcional?
Se dividen los días trabajados entre 365, ese resultado se multiplica por los 15 días de base, y lo que sale se multiplica por el salario diario. La fecha de corte del conteo es el 20 de octubre.
¿Cuándo me tienen que pagar el aguinaldo?
Entre el 20 de octubre y el 20 de diciembre de cada año, según la reforma al Art. 200 vigente desde octubre de 2025. El patrono elige la fecha exacta dentro de ese rango y el trabajador no puede exigir el pago anticipado.
¿Al aguinaldo le descuentan ISSS y AFP?
No. El aguinaldo no cotiza ISSS ni AFP, así que esos descuentos no se le aplican.
¿El aguinaldo paga impuesto sobre la renta?
Los aguinaldos de hasta $1,500 pueden estar exentos de retención de renta. Conviene confirmar la vigencia de la exención cada año, porque depende de la normativa aprobada.
¿Cómo se saca el salario diario para el aguinaldo?
Se divide el salario mensual entre 30. Con un sueldo de $365, el salario diario es $12.17 aproximadamente.